Actualidad, análisis, información​

El blog de Aitana Sánchez

Infórmate sobre los temas jurídicos de tu interés. Artículos claros, directos y fáciles de entender en los que comparto mi experiencia como abogada.​

El blog de Aitana Sánchez

Infórmate sobre los temas jurídicos de tu interés. Artículos claros, directos y fáciles de entender en los que comparto mi experiencia como abogada.​

Negligencias médicas en Barcelona: diagnóstico tardío de ictus

Negligencias médicas en Barcelona: diagnóstico tardío de ictus

En nuestro despacho de abogados especializados en negligencias médicas en Barcelona, recibimos con frecuencia consultas relacionadas con el diagnóstico tardío del ictus, también conocido como accidente cerebrovascular. Se trata de una patología grave que requiere atención médica inmediata para evitar secuelas irreversibles.

El ictus suele producirse por una interrupción repentina del flujo sanguíneo en el cerebro, aunque en algunos casos también puede deberse a la rotura de un vaso sanguíneo. Sus síntomas más habituales incluyen dolor de cabeza agudo, debilidad o entumecimiento en una parte del cuerpo, dificultad para hablar o entender, pérdida de visión y, en ciertos casos, convulsiones.

¿Qué es el Código Ictus?

El sistema sanitario establece un protocolo específico para estos casos, conocido como Código Ictus. Este procedimiento tiene como objetivo la detección precoz de los síntomas y el traslado urgente del paciente a un centro hospitalario equipado para su atención.

El primer contacto con el paciente suele producirse a través del personal de emergencias o enfermería, quienes deben valorar si se cumplen criterios como:

  • Aparición brusca de síntomas en las últimas 24 horas.
  • Déficit neurológico focal.
  • Parálisis súbita en la cara, brazo o pierna.
  • Confusión repentina o dificultad para expresarse.
  • Pérdida de visión en uno o ambos ojos.
  • Dolor de cabeza súbito, intenso y sin causa clara.
  • Problemas para mantener el equilibrio o caminar.

Si los síntomas se han desarrollado de forma progresiva o han transcurrido más de 24 horas desde su inicio, el protocolo puede no activarse. También se excluye a pacientes con enfermedades terminales o con gran dependencia funcional.

¿Qué pruebas deben realizarse?

Una vez en el hospital, el paciente debe ser sometido a una serie de pruebas diagnósticas que permitan confirmar el tipo de ictus y actuar con rapidez. Estas pruebas incluyen analíticas de sangre, escáner cerebral, resonancia magnética, electrocardiograma y estudios de imagen vascular como la angiografía o la ecografía Doppler.

Cualquier retraso o error en esta cadena de procedimientos puede comprometer seriamente la evolución del paciente. La reanudación del flujo sanguíneo en el cerebro en las primeras tres horas es esencial para minimizar daños. A partir de la cuarta hora, las posibilidades de recuperación se reducen drásticamente y las secuelas pueden ser permanentes.

¿Cuándo puede hablarse de negligencia?

Desde Aitana Sánchez Abogados analizamos cada caso para determinar si hubo omisión de protocolos, demoras injustificadas o una mala interpretación de las pruebas realizadas. En situaciones donde se evidencia que no se actuó conforme a los estándares médicos, podemos estar ante un caso claro de negligencia médica.

Si tú o un familiar habéis sufrido un ictus y sospecháis que el diagnóstico se retrasó o no se realizaron las pruebas necesarias a tiempo, te animamos a contactar con nuestro equipo de abogados especialistas en negligencias médicas en Barcelona. Te ayudaremos a valorar tu caso y a reclamar los daños ocasionados con el respaldo legal que mereces.

¿Quieres comentar tu caso?

Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto lo antes posible.